Wed Sep 02 00:00:00 CEST 2026 Wed Sep 02 00:00:00 CEST 2026 Wed Sep 02 00:00:00 CEST 2026
ALERTA METEREOLOGICA RIESGO INCENDIOS 3-4-5 Y 6 SEPTIEMBRE
1. Declarar la situación de ALERTA por peligro meteorológico de incendios en la Comunidad de Castilla y León para los días 3, 4, 5 y 6 de septiembre de 2026.
2. Las medidas preventivas extraordinarias a aplicar en esta situación durante el referido periodo son las que establece a este efecto la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León, y, en concreto, las siguientes:
• Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas
para ello.
• Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
• Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
• Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier
clase que contengan fuego.
• Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración,
chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc. Se exceptúa de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones
de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural,
telecomunicaciones, etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se realicen conforme a
las medidas establecidas por éstos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del
incendio. Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se
pudiera producir a consecuencia de su actividad.
3. Esta resolución produce efectos desde las 0.00 horas del 3 de septiembre hasta las 23.59 horas del 6 de septiembre de 2026.
4. Sin perjuicio del plazo de efectividad establecido en el apartado anterior, esta resolución se publicará en la página web de la Junta de Castilla y León y en el
Boletín Oficial de Castilla y León.





